¡¡AL FIN, LA RESOLUCIÓN!!

 

Un paso importante se ha dado. Una etapa más de este interminable laberinto se ha recorrido, aunque aún no se vislumbra una salida justa.

 

El AUTO esperado nos ha sido notificado el 31 de octubre 2011 por el JUZGADO DE REFUERZO de lo Penal nº UNO.

 

(Ver resolución)

 

El punto SEGUNDO de los fundamentos de DERECHO comienza así: “Por D. MANUEL HERNÁNDEZ ILLÁN se solicita ACLARACIÓN, si bien no es posible aclarar el Auto de fecha 18/10/2000 por cuanto ello conllevaría cambios sustanciales en el Fallo del mismo (…) y acaba así: “Si bien este informe (el informe del perito judicial José Joaquín Ferrer García de 22/01/1999) fue rectificado por otro posterior de fecha 04/05/2009, que ha sido el que da pie y fundamento legal a la presente resolución, que al ser posterior en el tiempo, sustituye al Auto de fecha 18/10/2000…”

 

ES LÓGICO: LO QUE ES ERRÓNEO SE RECTIFICA Y LO QUE NO SE PUEDE ACLARAR PORQUE ESTÁ MUY TURBIO, SE SUSTITUYE.

 

PERO ¿TENÍAN QUE PASAR CUATRO AÑOS Y MEDIO LARGOS  PARA QUE SE RESUELVA, AL FIN, NUESTRO RECURSO AL JUZGADO COMPETENTE FECHADO EL 1 DE JUNIO DE 2007? DECÍAMOS ALLÍ:

 

“… Una vez expuestos los hechos, se comprende que recurramos a su Ilma. para que, mediante la autoridad que le concede su intervención en el caso, emita una resolución que ponga las cosas (entiéndase los puntos cardinales y los lindes) en sus correspondientes sitios, y podamos regularizar la situación de nuestra propiedad ante el Catastro, el ayuntamiento, el registro de la propiedad, el Centro de Gestión Tributaria, etc.

 

¿Tanto costaba reconocer lo obvio, lo evidente y corregirlo? ¿Pueden los jueces imaginar los daños morales, físicos y económicos que acarrean a mi familia tantos años recabando JUSTICIA?

 

Ahora bien, esta esperada RESOLUCIÓN que sustituye el AUTO de octubre 2000, no alcanza a resolver DEL TODO la gran chapuza del Perito Judicial José Joaquín Ferrer García:

 

1.- Al solar A1, de 819,05 m2 le faltan 61,05 m2 en la realidad.

2.- Al solar B1, de 433,72 m2 le faltan 55,72 m2 sobre el terreno y, para más escarnio, por esa parcela está pagando el IBI un vecino, por lo que tenemos que instar al Catastro la apertura de un expediente contradictorio, es decir, un litigio y un conflicto más que resolver, más tiempo que perder, más dinero que gastar, más resentimiento que soportar…

 

CONTINUAREMOS LUCHANDO POR LA JUSTICIA